El corresponsal de Capital Radio en Bruselas, Alexandre Mato, explica las claves de la sentencia del TJUE sobre la obligatoriedad de fichar en las empresas
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado que los Estados miembros deben obligar a los empresarios a implantar un sistema objetivo, fiable y accesible que permita computar la jornada laboral diaria realizada por cada trabajador. Así informa este martes en un comunicado.
En la sentencia recoge que debe ser cada país quien defina los criterios de aplicación del sistema, sobre todo la forma que debe tomar, teniendo en cuenta las particularidades de cada sector e incluso las especificidades de determinadas empresas, como su tamaño.
El Tribunal responde así a una petición de la Audiencia Nacional española, que en enero solicitó interpretar dos artículos del Estatuto de los Trabajadores relativos a la jornada laboral, al considerar que podrían incumplir las normas comunitarias por "dejar en manos de los empresarios los descansos semanales y diarios".
La cuestión prejudicial se originó en un caso promovido por CCOO, al que se adhirió UGT, contra el Deutsche Bank en el que reclamaba que la entidad financiera estableciera un registro de la jornada.
Desde el pasado 12 de mayo, en España ha entrado en vigor el registro de la jornada laboral que obliga a todas las empresas a anotar diariamente las horas de trabajo de sus empleados. Si se incumple esta nueva obligación, la Inspección extenderá acta de infracción grave de un máximo de 6.250 euros, según establece el nuevo Decreto.