En los últimos años, el término “precariedad laboral” se escucha bastante a menudo. Y posiblemente en nuestro país es escuche más que en otros de nuestro entorno europeo. A pesar de que (poco a poco) se reduce el desempleo, hasta el 17,22% en 2017, todavía somos uno de los países con más paro de la Unión, solo por detrás de Grecia y, por supuesto, muy por encima de la media del bloque.
El alto desempleo obliga muchas veces a que se tengan que aceptar empleos con condiciones demasiado precarias. Según el último informe presentado por la Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social en España, el 14,1% de las personas que trabajan en nuestro país están en riesgo de pobreza.
Y también en los últimos años ha proliferado el número de empresas, plataformas digitales, como Deliveroo o Uber, que aplican condiciones dudosas a sus trabajadores.
Por eso tanto España como Europa buscan luchar contra las prácticas que generan precariedad laboral. En nuestro país, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha convocado 353 plazas de nuevo ingreso, la mayor oferta de su historia, como parte de la Oferta de Empleo Público para 2018, según ha informado este martes el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
Por su parte el Parlamento Europeo acaba de aprobar, la pasada semana, una normativa con la que busca combatir la precariedad laboral. Con esta directiva quiere regular las condiciones laborales mínimas que deberán cumplir todos los trabajadores europeos.
Se espera que esté aprobada en el actual mandato europeo y afectará, sobre todo, a los empleados por la denominada economía de plataformas digitales. Por ejemplo, se hace especial hincapié en la transparencia, el empresario tiene que informar por escrito al trabajador de algunas de sus principales condiciones laborales, la duración de su jornada o el salario.
En los casos de puestos con horarios variables, los trabajadores tienen derecho a recibir información sobre las horas que van a trabajar, o el salario básico, oportunidades de recibir bonus, horas extra y demás. También el empresario debe garantizar que esas horas se van a pagar. Se establece además que el periodo de prueba no puede durar más de 6 meses o como mucho 9 meses pero ya en el caso de puestos que conlleven responsabilidad de gerencia. Tampoco lo puede extender el empresario de forma unilateral.
Se obliga a los empresarios a dar la formación necesaria y que el tiempo de aprendizaje, de enseñar al trabajador, sea en horario laboral y sea remunerado.
Los trabajadores temporales, o los ocasionales que trabajan bajo demanda del empresario o formas de empleo similares, “deberán tener un nivel mínimo de estabilidad y previsibilidad y ser capaces de rechazar, sin consecuencias negativas, una asignación de trabajo fuera de las horas predeterminadas o deberán ser remunerados si dicha asignación del trabajo no se canceló a tiempo”. Además el empresario no puede prohibir ni sancionar a estos trabajadores que acepten empleos en otras compañías.
Este texto se discutirá a partir de noviembre en lo que se denomina en en denominado “Trílogo”, que está formado por los ponentes de la norma en el Parlamento, los representantes del Consejo Europeo (los Gobiernos de todos los Estados miembros) y la Comisión Europea.
Como la norma es una Directiva, los Gobiernos tienen dos años para transponer esta norma a sus respectivos ordenamientos jurídicos, de los Estados miembros. En este proceso se podrían negociar algunas cuestiones con los agentes sociales.
El texto final del Parlamento ha salido adelante con 30 votos a favor, 7 en contra y 11 abstenciones. Han votado NO el grupo de los Conservadores y Reformistas Europeos (ECR), entre ellos, los euroescépticos polacos. Y también forman parte de este grupo, curiosamente, los eurodiputados británicos, que muy posiblemente no se verán afectados por esta norma.
Una de las firmas que más afectada puede verse por estas nuevas condiciones sería Deliveroo. Es una compañía británica, fundada en Londres en 2013 por Will Shu y Greg Orlowski.
Deliveroo ha estado en el punto de mira de sindicatos y agentes sociales, por su modelo de contratación y ha recibido varios golpes legales al respecto en nuestro país. El más reciente, este mismo mes, cuando la Inspección de Trabajo en Alicante reconocía a los trabajadores de Deliveroo como falsos autónomos. El organismo regulador ya había adoptado resoluciones similares en ciudades como Madrid, Valencia y Barcelona, que se suman a la condena de un Juzgado de Valencia por un despido improcedente de un falso autónomo.