Las medidas económicas anunciadas por el Gobierno dejan muchas dudas legales por resolver. Entre ellas, cómo solicitar un concurso de acreedores, cómo recibir la herencia de las personas que han fallecido por el coronavirus y no han dejado un testamento o cómo solucionar el pago del alquiler. Fernando Fuster Fabra, socio del despacho abogados Fuster Fabra, aclara algunas consideraciones.
El abogado Fernando Fuster Fabra aclara algunas consideraciones respecto a las medidas económicas anunciadas por el Gobierno
- Alquiler Seguro: "Las medidas perjudican al pequeño propietario"
- Las otras medidas del Real Decreto-Ley del Gobierno
Hay que tener en cuenta que aún "falta mucha concreción en las medidas que se van a tomar", señala el abogado. De todos modos, asegura que en el caso de los alquileres, los propietarios y los inquilinos ya estaban "sorteando este tipo de dificultades".
El ministro de Derechos Sociales, Pablo Iglesias, ha garantizado el cobro del alquiler para todos los pequeños propietarios. Pero, ¿quiénes entran dentro de esta categoría?
En este punto quedan excluidos los llamados fondos buitres, las socimis y las empresas que cuenten con una importante cantidad de inmuebles. Sin embargo, faltan detalles por parte del Gobierno, ya que hay empresas que pueden estar empezando en este negocio y tener unas pocas propiedades y particulares que cuenten con más de tres inmuebles.
¿Qué pasará con las herencias ante la falta de testamento?
Dada la rapidez con la que ataca el virus, muchas personas han fallecido sin tener la posibilidad de dejar un testamento ante notario sobre su herencia. Si bien aún no se ha planteado esta opción por parte del Gobierno, "el Código Civil tiene herramientas para que se pueda realizar un testamento conveniente", señala Fuster.
Este consiste en disponer de tres personas que no sean las beneficiarias que pueden certificar que la persona que va a fallecer ha emitido sus últimas voluntades, más allá que no haya sido ante un notario.
Cada vez más empresas presentan peticiones para entrar en concursos de acreedores
El cierre obligatorio de miles de negocios ha obligado a muchas empresas a presentar peticiones para entrar en concursos de acreedores. Y es que la mayoría de las pymes en España solo tienen una cobertura de liquidez que no llega a los dos meses, asegura Fuster Fabra.
"Supone muchas dificultades un parón de este tipo para empresas que les siguen teniendo que pagar obligaciones, gastos fijos y no están teniendo opción de poder facturar", señala.
De todos modos, explica que aún no se puede calcular el volumen de empresas que entrarán en quiebra a raíz de la crisis del coronavirus. En Fuster Fabra han recibido "muchas consultas de empresas que están decidiendo que es lo que tienen que hacer". "Las empresas quieren cuidarse en salud", concluye.