Cuando la economía no va bien a veces pagan justos por pecadores.¿Se imagina tener que desalojar una vivienda donde hay niños viviendo?
De la sensibilidad que hay que tener desde el aparato de la Justicia cuando además de motivos legales hay que tener en cuenta que tenemos menores de por medio.Algo que ocurre de vez en cuando y que exige un esfuerzo extra para que no queden desprotegidos.
El caso consiste en una mujer que reside en una vivienda que pertenece al IVIMA con quien desde hace catorce años que falleció su marido no tiene un contrato. Con ella vive también su hija menor de edad, de 15 años cuando tenía que desalojarla.
Consecuentemente llega un punto en el proceso en que existe una orden de desalojo y en este caso el juez ordeno la entrada en el domicilio donde va a quedar el menor y su madre sin vivienda.
Sin embargo, el TSJM declaró que tendrá que corregirse la decisión en el sentido de que se avise previamente a los servicios sociales para que tome las medidas convenientes que protejan a esa familia donde hay un menor. Corresponde a éstos tomar medidas y no cargar las tintas en si el juez tiene que paralizar la orden de desalojo o no.
Todas las cautelas son pocas y no tienen que pasar desapercibidas ponderando el juez la situación personal, social y familiar y los derechos e intereses de los menores afectados por la decisión judicial.
Está claro que la justicia no camina al margen de las deficiencias de la sociedad y que son las administraciones públicas las que han de actuar en ese punto.