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Según publica el Boletín Oficial del Estado las indemnizaciones por despido que sean superiores a 180.000 euros tendrán que pagar impuestos. Eso sí, las personas que no lleguen a dicho montante no tendrán que hacer frente a ninguna retención en este sentido.

No obstante, no queda aclarado si esta norma se aplicará desde este lunes 1 de diciembre o entra en vigor con carácter retroactivo. Esto es lo que reza en el BOE. El límite previsto en el último párrafo de la letra E del artículo 7 de esta Ley no resultará de aplicación a las indemnizaciones por despidos o ceses producidos con anterioridad al 1 de agosto de 2014. Tampoco resultarán de aplicación a los despidos que se produzcan a partir de esta fecha cuando se deriven de un expediente de regulación de empleo aprobado o un despido colectivo en el que se hubiera comunicado la apertura del periodo de consultas a la autoridad laboral con anterioridad a dicha fecha".