Las nuevas tecnologías acaban imponiéndose y en el campo laboral podrían suponer todo un hándicap porque, ¿está suficientemente preparado cualquier trabajador como para recibir una nómina en soporte electrónico?
El Tribunal Supremo ha estudiado un caso que discute si la nómina puede ser online, electrónica o necesariamente ha de entregarse en soporte papel.
El objetivo precisamente de una nómina es el de dar transparencia a los diferentes conceptos de abono y que significa una garantía para el trabajador.
La decisión ha sido bien clara: las empresas pueden comunicar a sus trabajadores la nómina a través de soporte informático, en lugar de utilizar el soporte papel que se había usado siempre.
En este caso el trabajador dispone de su terminal informático que a modo de buzón recibe la nómina y no tiene más que introducir su DNI y su contraseña personal para acceder a ella.
Estamos ante un cambio de tendencia, de doctrina que decimos jurídicamente.
Se planteó si la necesidad de firma del recibo por parte del trabajador era un problema en el caso electrónico, pero el tribunal argumenta que ya cuando el abono de las cantidades por la empresa se efectúa por medio de transferencia bancaria, el requisito se entiende por cumplido con el justificante de haberse realizado la propia transferencia electrónica. Por lo tanto, no es ningún obstáculo.
En definitiva, el mensaje es claro: Hay que estar preparado para superar la brecha , tecnológica, porque incluso los modelos más garantistas consideran que cualquiera puede acceder a las nuevas tecnologías.
Por: Arcadio García Montoro