La resolución de la Audiencia Nacional que conocimos ayer va a tener un efecto en cascada con muy diferentes impresiones y respuestas.
Los cuatro años como máximo de condena por delito societario continuado de falsedad contable y delito de falsedad en la información a los inversores no satisfacen a casi nadie. Y desde luego a quien no ampara es a tanto consumidor en España de productos financieros.
Su impresión a fecha de hoy es que se puede distorsionar las cuentas, los balances de la entidad, maquillar cifras (citando textualmente los términos de la sentencia) sin consecuencias para quienes confiaron en dichos datos y poco después vieron cómo perdían sus ahorros. Vamos, sin que se les reponga en su perjuicio.
Y, por otra parte, frente a este trauma, está la satisfacción de entidades como la Fundación CAM, el Banco Sabadell S.A. y CASER que se han visto liberadas de responsabilidad, de reponer en su posición a dichos perjudicados que adquirieron participaciones preferentes o cuotas participativas por ejemplo.
Los afectados responderán y veremos como la sentencia será recurrida. Surgirán muchas demandas civiles porque la Audiencia deja muy claro que en esta instancia no había que pronunciarse sobre responsabilidad civil.
Están en juego los 14 millones de euros de preferentes y cuotas que antes citaba y seguramente mucho más, el tan vapuleado concepto de seguridad jurídica que todo el mundo cita últimamente cuando se habla de negocios.
Pero hay que dejar claro que la propia sentencia cita otro factor causante de la ruina del negocio financiero de la CAM y su consecuente desaparición: La crisis. La crisis económica general, que trajo tanta ausencia de liquidez, inestabilidad y dificultades de expansión. Por tanto cuidado con creer que se les va a reconocer automáticamente el daño.
De todas formas, también sucede que la pasión es mala compañera de viaje de los temas legales no digamos ya si los tribunales están de por medio. Y es que confiar en el reproche penal para resarcir al perjudicado igual no es la solución al daño y perjuicio.
Sentencia de la Audiencia Nacional sobre la CAM
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