¿Se ha preguntado si los enlaces de su web cumplen la Ley? Acabamos de conocer nueva sentencia por un delito contra la propiedad intellectual cometido en las redes. Se trata de una idea brillante que tuvo una empresa que ofrecía servicios por internet, que escaneaban obras protegidas y las publicaban sin el permiso de su propietario en una página web.
Estuvieron haciéndolo por lo menos casi tres años. El servicio era fenomenal: desde cualquier dispositivo uno entraba en su página web y accedía a todo tipo de libros, revistas, diarios… Repito, sin la autorización de los titulares de los derechos de dichas obras. El beneficio venía por vía de la publicidad contratada, esencialmente banners y videos pre roll.
Ha sido clave en el caso, que un enlace se considera un acto de comunicación pública de las obras.
Les han condenado a seis años de prisión a cada uno de los dos administradores del negocio de la página, tres por el delito contra la propiedad intelectual y otros tres por la promoción y constitución de organización criminal.
La organización la componían más individuos que al estar en Ucrania era difícil identificarlos.
La estructura de la organización, que igual pensaban que no iba a ser descubierta, coincide con la relativamente habitual receta en estos casos: servidores virtuales en otros países, visita online vía streaming; dominios registrados por sociedades en Belize donde ya aparecen los condenados, quienes encauzan la publicidad a través de sociedad española de la que son administradores y propietarios y la fábrica de copiar en Ucrania y la dirección de contenidos en España.
En definitiva, hay que tener cuidado, porque si un contenido ha sido protegido y Vd. lo difunde de manera libre cometerá un delito.
Por: Arcadio García Montoro
Segundo delito de propiedad intelectual
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