El juez acaba de dictar en una resolución el archivo y el sobreseimiento de las actuaciones. Se acordarán de que hace justo un año que conocimos el cierre de los establecimientos de dicha marca.

Los pacientes se encontraron de la noche a la mañana con las clínicas cerradas y pusieron 167 denuncias que inmediatamente fueron atendidas por la policía, que con autorización del juzgado registró dos domicilios y una nave a nombre del administrador único de la empresa quien fue detenido.


Lo primero que a la mayoría les pasó por la cabeza, es que el propietario del negocio se hubiera beneficiado de los importes abonados dejando a los pacientes abandonados, pero ahora el Juez cree que no hubo responsabilidad criminal porque ni le consta que el denunciado, tuviera intención oculta de no cumplir sus compromisos con los clientes, ni hay indicios de engaño previos o simultáneos al contrato ni siquiera se benefició personalmente. 


Seguramente el administrador del negocio solo se declare, en otro tipo de proceso, ante la jurisdicción civil, el posible incumplimiento contractual y quizás reciba alguna sanción en el plano administrativo.


Es un caso típico que lleva a plantearnos donde está la línea que separa el delito y la mala gestión del equipo de administración de una empresa.


En este caso la frontera parece que la ha marcado el hecho de que se confirmase que el administrador no era consciente de que no podía cumplir con los servicios o las expectativas creadas ni hubo incremento económico en el patrimonio del investigado .Más bien parece que aquí fue justo lo contrario, se perjudicó el  mismo.


En definitiva, no han tardado en anunciar muchos afectados que recurrirán, pero de momento ya vemos que tanto el MF como el Juez no aprecia responsabilidad criminal en los hechos y parece complicado que la haya.


Por: Arcadio García Montoro