Vamos a ampliar un poco la información que sobre la huelga en la Justicia disponemos a estas alturas. Sobre todo vamos a explicar algunas cosas de cara a que cualquier de Vdes. que se vea perjudicado por esta acción sindical y el ejercicio de este derecho.


Los primero que sepan que hoy no se va escenificar concentración o paro alguno en el exterior de los juzgados y tribunales. Esta no es la forma de saber si el juzgado al que acudimos nos va a dar servicio o no.


Lo que debe ocurrir es que en el tablón de anuncios o en las propias dependencias veremos una comunicación diciendo si se está ejerciendo el derecho de huelga. En algunos casos donde lo que se ha producido es una suspensión de un acto, el titular ha debido de dictar una Providencia explicando el tema, haciéndonos partícipe de la suspensión.


Como consecuencia, nos van, bien a habilitar una nueva fecha para el acto suspendido, o bien se aplazará nuestro tema de acuerdo con la agenda ordinaria del juzgado o del tribunal. E·stas son las instrucciones internas que se barajan.


En este sentido, estamos hablando de una mala noticia doblemente. Para los administrados, cualquiera de nosotros, el justiciable, que sin duda percibirá perjuicios. En realidad estamos en una situación límite en boca de la mayoría de los profesionales que tiene que hacerse visible y decimos doblemente porque la faena que no se haga hoy habrá de realizarse, si o si, en otra ocasión por los propios profesionales de la Justicia. Aquí nadie se ahorra trabajo, que quede claro.


A todo esto hay declarados unos servicio mínimos