Durante año y medio no entró en vigor la norma que transpuso la Directiva 2012/13 del Parlamento Europeo y del Consejo, que consagra el derecho a acceder al expediente policial para poder la legalidad de una detención. 


Estamos ante un caso que ha llegado al Tribunal Constitucional, cuya sentencia acabamos de conocer y que establece que las Directivas de la Unión Europea vinculan antes de que incluso el Estado las transponga.


Exactamente, lo que ocurrió en este caso es que la Guardia civil negó al abogado de oficio el acceso al expediente policial.


Se han practicado diligencias como los testimonios, las propias denuncias, el listado de la documentación que figura en los registros, el atestado, etc. 


Todo esto es fundamental para poder defenderse y lo tiene que poder conocer el letrado. 


Si no es así, como le ocurrió al demandante aquí, pueden verse lesionados sus derechos a la libertad individual y a la asistencia del abogado durante la detención.


En definitiva, ya saben que si les beneficia la aplicación de las normas europeas y el Estado español tarda en hacerlo, son vinculantes, pueden invocarlas y los tribunales están obligados a tenerlas en cuenta.


Por: Arcadio García Montoro