El Tribunal Supremo acaba de decidir que no hace falta que además de perder los puntos del carnet se cometan más infracciones o se ponga en riesgo la circulación para cometer el delito. La Justicia entiende que el conductor desprecia las normas de circulación y tal desprecio supone reiteradamente un peligro.
Hasta ahora había alguna duda pero ha zanjado el debate y deja claro que si hemos perdido los puntos no reunimos los requisitos para conducir y es como si no tuviéramos el permiso.
Así que cuidado que la cosa es más seria de lo que muchos imaginan.
Por cierto, que tampoco vale que llevemos un carnet de otro país.
Contar con dos permisos de conducir, uno caducado por pérdida de puntos, y otro fruto de hacer el canje por el de otro país para poder utilizarlo cuando el primero caducó por pérdida de los puntos lo considera un fraude de ley y, por lo tanto, no es posible.
Es un truco que se ha utilizado en alguna ocasión y no es admitido. Se mantiene la presunción de que la mera presencia a los mandos de un vehículo de quien fue privado de la licencia, carece de aptitud para conducir y representa un peligro abstracto para la seguridad vial.
Nadie puede escapar en estos casos de ser castigado con la pena de prisión de tres a seis meses, con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
Delito conducir sin puntos
Guardar