Nueva sentencia del Tribunal Supremo sobre negligencia al asesorar una inversión en acciones de una sociedad extranjera. Saben ustedes que la información a la clientela debe ser clara y correcta.

Por eso nos preguntamos, ¿Eso significa que se ha de responder si no se informa de que tiene lugar una junta general extraordinaria que anuncia recompra de acciones propias? ¿Y si no se comunica el procesamiento del presidente del consejo de administración?

La respuesta del Tribunal Supremo es sí.

Ha dejado claro a partir de cuando una entidad financiera tiene obligación de indemnizar por daños y perjuicios porque tiene que ser precisa, suficiente y, además, ha de ser entregada a tiempo.

Los hechos ocurrieron en 2006 y 2007, el Banco BANIF fue  “agente colocador” por medio de varios contratos de gestión asesorada para la inversión en acciones de una sociedad austríaca, avisando de que las acciones tenían una rentabilidad alta y una volatilidad menor que la renta variable constatando que BANIF tenía contacto directo con el equipo directivo de la sociedad y que serían informados los accionistas periódicamente de todas las circunstancias que fueran acaeciendo en relación con las acciones ofertadas.


Pero la sociedad convocó una junta general extraordinaria, donde anunció que había recomprado acciones propias y proponía el aumento de la autocartera hasta un 20% y a partir de ese momento las acciones bajaron de 20,01 € a 4 €. 

En el extracto de posiciones que BANIF envió a los inversores, sin embargo, se les indicaba que la minusvaloración sería pasajera, que la empresa era sólida y que se recuperaría. Hasta finales de 2008 seguían aconsejando la compra de acciones.

Por cierto, el banco recibía mayor comisión cuanto más tiempo permaneciera vigente la inversión. Interesante conflicto de intereses. 

En conclusión, exijan información actualizada de la inversión también en los contratos que parecen solo depósitos y de administración de valores cuando se actúa como colocador de acciones con cobro de comisiones incluidas.

Por: Arcadio García Montoro