¿Puede un avalista obtener la exoneración de su deuda?
En muchos pequeños negocios o empresas familiares se suele dar la circunstancia de que son los familiares quienes avalan las operaciones bancarias que se firman en favor de la empresa o la PYME como garantía del pago de las deudas. Como ya ocurrió en la crisis de 2008 y con la crisis de la pandemia Covid-19, cuando una empresa entra en crisis y no puede hacer frente a sus obligaciones, los bancos pueden iniciar procedimientos ejecutivos frente a los avalistas. Esto se va a traducir en embargos de sueldos, nóminas, bienes o, en el peor de los casos, la ejecución hipotecaria de una vivienda.
No obstante, la peor parte será la emocional ya que dichos procedimientos se iniciarán frente al patrimonio de nuestros seres queridos generando, en muchas ocasiones problemas de estrés, ansiedad, desarrollo de enfermedades o incluso el divorcio y las discusiones en el seno de la familia. Sin lugar a dudas, estos procedimientos lastrarán nuestra recuperación económica y anímica durante muchos años.
En esta nueva entrega de 'Surus, Segunda Oportunidad', abordamos ejemplos prácticos y reales de avalistas en dificultades que han entrado en concurso y han conseguido obtener la exoneración salvando, en algunos casos, la vivienda habitual.
Se trata de un tema fundamental ya que muchas veces nos olvidamos del papel que tienen los avalistas en todo el proceso y cómo les puede afectar, de forma negativa, la insolvencia de una empresa familiar en su entorno y en su futuro más inmediato.
No te pierdas el programa de esta semana con Alberto José Báez Gil, administrador concursal y abogado especialista en la Ley de Segunda Oportunidad; y Alicia Tabanera, abogado del departamento de Insolvencias de Surus.
Conocemos casos reales de esta situación con Alberto José Báez Gil, administrador concursal y abogado especialista en la Ley de Segunda Oportunidad.