Al Gobierno se le hace cada vez más difícil aprobar las prórrogas del estado de alarma para gestionar la desescalada de la crisis. Mientras el Gobierno explica que la única manera de restringir la circulación es mediante este recurso legislativo, algunos partidos de la oposición consideran que hay alternativas.
Isabel Álvarez Vélez, catedrática de Derecho Constitucional de Comillas ICADE, explica que "hay leyes que permiten tomar medidas de limitación de derechos ajustadas a las necesidades sanitarias". Es decir, hay leyes que permiten confinar a la población sin la necesidad de recurrir al estado de alarma. Una de ellas es la ley general de Salud Pública.
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Análisis con Isabel Álvarez Vélez, catedrática de Derecho Constitucional de Comillas ICADE
Sin embargo, para gobernar durante una crisis sanitaria utilizando una ley de este tipo, "es necesario hacer una planificación y unos acuerdos con las distintas autoridades implicadas que exige mucha preparación", explica la experta. Es decir, gobernar bajo un estado de alarma resulta más sencillo.
¿Se puede prorrogar el estado de alarma durante un mes?
El Ejecutivo también se plantea la posibilidad de prorrogar el estado de alarma durante un mes y no por 15 días como hasta ahora. Pero, ¿es esto posible?
En el artículo sexto de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, dice expresamente que la duración y los efectos del estado de alarma "no podrá exceder de quince días". En este sentido, solo se podrá prorrogar con la autorización del Congreso de Diputados como ha ocurrido hasta ahora.
La catedrática de Derecho Constitucional de Comillas ICADE, explica que "los términos de la ley no son especialmente claros". Si bien la duración del estado de alarma no puede exceder los 15 días, no se especifica la duración de la prórroga.
"Sólo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga", señala el artículo sexto de la ley.
En este sentido, explica la experta, lo que sí se podría prorrogar durante un plazo de 30 días es el estado de excepción "pero solo puede ser declarado por el Congreso de los Diputados".
Las circunstancias que llevan a declarar un estado de excepción son muy distintas a las de un estado de alarma. El estado de excepción se declara cuando "el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden público", resulten gravemente afectados.
Por el contrario, en el estado de alarma sí se contemplan expresamente las crisis sanitarias como sucede con la pandemia de COVID-19.