La comunicación entre personas es algo que ha cambiado radicalmente los últimos años. El uso de mensajes por vía teléfono, ordenadores, etc... se ha convertido en una práctica habitual y, como es lógico, es necesario contar con ella para probar lo que queramos en los tribunales.
Precisamente, los tribunales muestran su preocupación por apreciar, valorar e interpretar correctamente este tipo de acciones porque es muy habitual tener que aportar como medio de prueba en un juicio esos mensajes que invaden nuestra vida diaria. Y es que hay un par de puntos débiles, como son la identificación real de los titulares de los mensajes y su fácil manipulación.
Ahora, el Consejo General del Poder Judicial informa de un caso donde una menor no contaba a sus familiares los abusos sexuales que cometía el novio de su madre porque nadie le creía, hasta que el Juzgado le hizo caso cuando aportó los pantallazos de su cuenta de Tuenti.
En la práctica, la víctima aporta bien los pantallazos de los textos o bien escritos con la transcripción de los mensajes. Sin embargo, le corresponde demostrar también que no ha existido manipulación alguna, porque hay gente que incluso construye sus defensas enviándose mensajes a sí mismo.
Con este fin se acude a la prueba pericial que corrobore la autenticidad y se refuerza el argumento con los testigos que pudieran haber participado en los hechos.
En el caso que contamos hoy la menor puso a disposición del juez su contraseña de Tuenti para que, si se cuestionaba, se comprobara su autenticidad mediante un informe pericial. Además, un amigo suyo declaró como testigo, teniendo las acusaciones y las defensas la ocasión de interrogarlo.
Concluimos afirmando que hoy día es necesario contar con estos medios de prueba pero, debido a su vulnerabilidad, hay que ser consciente de que quien los aporte ha de preocuparse por demostrar la autenticidad de los mensajes. Se requiere el testimonio de los que participan en la conversación, así como que facilite la contraseña con el fin de estudiar la conversación desde el aparato involucrado, directamente.
Arcadio García Montoro. Abogado
JUSTICIA: ¿Se puede utilizar la mensajería instantánea como prueba?
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