Hablamos del programa de compra de deuda pública en el mercado secundario, OMT (Outright Monetary Transactions), que adoptó el 6 de noviembre de 2012 el Consejo de Gobierno del BCE (Banco Central Europeo).
Los demandantes, en esta ocasión, alegaban que dicha resolución ponía en peligro su situación jurídica porque como titulares de haberes financieros su valor podría disminuir en un futuro previsible.
En su momento se trataba de poner fin a la desintegración del Euro en la línea de la promesa de Mario Draghi de hacer todo lo necesario para preservarlo.
Recuerden que 5.217 personas recurrieron al TGUE solicitando la anulación de dichas resoluciones y que este órgano no admitió su recurso en diciembre de 2013 y a su vez recurrieron en casación.
Ahora, el TJUE por medio de Auto decide que no puede considerarse que la resolución OMT afecte directamente a la situación jurídica de los particulares que recurrieron dado que para producir efectos directos necesita ser puesta en práctica mediante actos de ejecución.
En conclusión, seguramente veremos como los respectivos bancos centrales nacionales adopten medidas en ejecución y será en ese instante cuando los particulares podrán invocar sus argumentos, ante un juez nacional, que imaginamos que planteará cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia.
En definitiva no sé si estamos ante un choque de trenes permanente entre órganos jurisdiccionales, o frente a cambios de vía de unos a otros, pero está claro que habrá que seguir la reacción de los tribunales alemanes y en particular la del Constitucional alemán.
Arcadio García Montoro. Abogado
JUSTICIA: Auto del Tribunal de Justicia de la UE sobre el OMT.
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