Vamos camino de que al menos el 35% de la población activa en los años venideros se vea afectada por la automatización. Lo dice el titular del Juzgado de lo Social número 10 de Las Palmas de Gran Canaria.
¿Significa esto que podemos perder nuestro puesto de trabajo por los robots? En absoluto.
La jurisprudencia ya admite un cambio en el instrumento de producción pero no que el mismo instrumento haga el trabajo en sí. Que nos sustituya.
Tras 13 años de trabajo en la empresa como oficial de contabilidad el bot de gestión (traducido, el programa de contabilidad) que multiplica la productividad, y favorece que aumente la competitividad sobre la base de reducir costes, ha propiciado el despido de una trabajadora.
La empresa, alegó despido objetivo con informes sobre el desalentador panorama del sector en las Islas, pero el juez no admite que se sustituya un trabajador por un instrumento.
Conviene saber que no estamos ante una causa “excepcional”, que es lo necesario para hablar de despido por razones objetivas.
Es más, el Juez de lo Social de Las Palmas de Gran Canaria añade que lo que hay detrás es una forma privilegiada de despido en la que se abona al trabajador una indemnización inferior incluso a la ordinaria.
Así que, si les sustituyen con un robot, ya saben la respuesta: ¿Yo, robot? ¡NO! Y automáticamente al abogado.