Si España no informa a la Comisión Europea en dos meses sobre cómo va a adaptar la legislación nacional a los nuevos requerimientos de MiFID, la Comisión Europea acudirá a los tribunales comunitarios. En caso de que los tribunales ratifiquen el incumplimiento de las normas europeas se abrirá un expediente sancionador, algo que ya ha ocurrido en otras ocasiones, como en el caso de los estibadores.



El portavoz de la CE en España, Dimitri Barua, explica en Capital Radio que la normativa que busca dotar de mayor transparencia y seguridad a la comercialización de productos financieros debería haberse adaptado a la ley española en julio de 2017: "Ha llegado el momento de decir al Gobierno que comunique que las medidas van a entrar en vigor cuanto antes".

La iniciativa que acumula un mayor retraso en España es la directiva y el reglamento de requisitos de capital para la banca e instituciones de crédito, que debía haberse introducido en la legislación nacional en diciembre de 2013. Estas reglas fijan los colchones que las entidades deben crear frente a posibles pérdidas, e introduce normas de supervisión, de gestión de riesgos, remuneración o integridad de los directivos
. A España también le falta incluir las sanciones que se aplican a las entidades que cometan infracciones graves en la lucha contra el blanqueo de capitales y quienes son las autoridades competentes para ello.

Además de España, han recibido dictámenes motivados por estas leyes Bulgaria, Croacia, Eslovenia, Grecia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Polonia, Portugal, Rumanía y Suecia, esta última solo en relación a una de las directivas.