Esto puede interesar a los cotizantes. Hablamos de gestión recaudatoria, de la seguridad social, y de aquellos casos donde procede devolver a los administrados importes cobrados.
No es tan difícil que esto ocurra, es decir, que por el motivo que sea se ingrese de más y tengamos que hacer una petición para que nos reintegren una cantidad. Sí, lo han leído bien, un pago a nuestro favor y en estos casos solemos quejarnos de lo que tarda la administración en responder.
Pues bien, ayer conocimos al ser publicado en el BOE una resolución que acorta los plazos y cambia las competencias para que se resuelva este tipo de casos.
La medida disminuye el número de documentos contables, esos instrumentos internos necesarios para que se instrumente el pago por lo que veremos una reducción de tiempo de pago o devolución de ingresos indebidos y de saldos acreedores.
También cambian los órganos competentes para dictar la resolución en función de la cuantía. Para que nos hagamos una idea el director de la administración de la seguridad social que nos corresponda puede decidir hasta los 9000 euros.
Quedan tan solo unos días para que entre en vigor esta medida, a finales de enero.
En conclusión, una medida de carácter técnico que agradecemos los administrados y que pone a punto una administración que tantas veces pasa desapercibida pero que de forma silenciosa se muestra de las más eficientes en nuestro sistema.