Hablamos de la reforma del Código de Comercio, de la Ley de Sociedades de Capital y de la Ley de Auditoría de Cuentas, en materia de información sobre los riesgos en las empresas de interés público.
Porque el concepto información no abarca únicamente el capítulo financiero. Así lo marcan varias Directivas europeas y como consecuencia, ayer, entró en vigor una reforma que contribuye a la divulgación de información no financiera como puede ser la relacionada con factores sociales y medioambientales.
Por cierto que hay directrices aprobadas para realizar estos informes sobre la sostenibilidad, etc…con indicadores y guías.
Las sociedades de interés público habrán de incluir en el informe de gestión el estado de información no financiera.
Eso supone tratar en el terreno medioambiental los efectos de la empresa en el medio ambiente, la salud, la seguridad, las energías renovables, gases efecto invernadero, consumo de agua, contaminación…
Y en el plano social, medidas para garantizar la igualdad de género, diálogo social, respeto de derechos sindicales, diálogo con comunidades locales, lucha contra la corrupción y sobornos, y en general abusos que pudieran cometerse en el ámbito de la empresa.
Atención, y en el caso de que no exista una política precisa sobre estos temas, hay que incluir la justificación correspondiente.
Ya vemos como la confianza de los inversores, de los consumidores y la sociedad en general no solo es cuestión de cifras. Es lo que se denomina el papel social de la empresa.