La CNMC abre un expediente sancionador a Gas Natural Fenosa Generación y a Endesa Generación, como consecuencia de su conducta en cinco centrales de Sagunto, San Roque, Málaga; puerto de Barcelona y en Besós también en su central de ciclo combinado.
La CNMC sospecha que se presentaron ofertas con valores anormales o desproporcionados con el objeto de alterar indebidamente el despacho de las unidades de generación.
Esta conducta tuvo lugar entre octubre de 2016 y enero de 2017 y podría suponer una infracción prohibida en el artículo 65.34 de la Ley 24/2013 del sector eléctrico.
En Cataluña hablamos de un Protocolo para la aplicación de la Llei 24/2015, de 29 de julio, de mesures urgents per a afrontar l'emergència en l'àmbit de l'habitatge i la pobresa energética, que estableció la obligación de las empresas suministradoras de mantener el suministro, o lo que es lo mismo, de no interrumpirlo, a ninguna persona que esté en un supuesto de riesgo de exclusión residencial (SRER). No siguió el procedimiento establecido para desarrollarlo y el juzgado de lo contencioso de Barcelona lo ha anulado.
No se puede establecer una medida que afecta a las competencias estatales, lo aprobó la Agència Catalana de Consum que era un órgano incompetente (debió de haberlo aprobado el Gobierno de la Generalitat).
El juzgado recuerda que si la Generalitat o los Ayuntamientos quieren apoyar a los necesitados pueden facilitar ayudas para hacer frente a los impagados de las familiares vulnerables.
En conclusión, el precio del coste eléctrico, que en estas fechas suele alcanzar máximos de protagonista, pero con un denominador común conductas sospechosas de ilegalidad: Unos posiblemente alterándolo y otros saltándose los procedimientos.