En un nuevo episodio de 'Surus, Reestructuración y Segunda Vida' sobre la situación actual del plan de pagos en el sistema concursal español, Cristian Valcárcel Bernal, socio de Concursal y Reestructuraciones en RCD Legal, ha explicado las razones de su escasa utilización.

"El plan de pagos seguramente estaba herido de muerte porque veíamos que era un mecanismo quizás muy gravoso para los acreedores, que implicaba más tiempo, más coste y riesgos en la eventual exoneración", señala.

No te pierdas su análisis al completo en el siguiente podcast en el que también han participado Daniel Barrientos, responsable del departamento de Inmuebles de Surus; Alicia Tabanera, abogada del departamento de Insolvencias de Surus; y Luis Vicente Muñoz, CEO de Capital Radio.

Surus, Reestructuración y Segunda Vida | "El plan de pagos estaba herido de muerte antes de la reforma concursal"

Cristian Valcárcel Bernal, de RCD Legal, analiza por qué la exoneración mediante plan de pagos es poco utilizada en la práctica judicial española.

"El plan de pagos era el espíritu del legislador, lo dice muy claro en la exposición de motivos", explica Valcárcel. "Introduce este mecanismo para destinar determinados ingresos y rentas futuras durante un tiempo determinado para así poder mantener los activos, igualándonos al derecho norteamericano, francés y finlandés".

El experto destaca que el plan de pagos debe presentarse dentro de los 15 días desde que el administrador concursal presente su informe. "Si no se presenta convenio, el juez de oficio apertura la liquidación y nos deja fuera la posibilidad de presentar un plan de pagos", advierte.

"Si vamos a plan de pagos, si vemos claro que la idea es mantener los activos, mantener la vivienda habitual, que al fin y al cabo es el activo esencial, yo creo que el plan de pagos hay que acompañarlo con la solicitud de concurso"

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