En el espacio de Surus “Segunda Oportunidad”, hablamos con Ignacio Álvarez Rello, especialista en reestructuraciones e Insolvencias, sobre cómo las pequeñas empresas con dificultades pueden tener una segunda oportunidad. También nos acompañan María Díaz, Socio Director de SURUS y Responsable de Insolvencia, y Alicia Tabanera, abogada del departamento de Insolvencia de Surus.
Escucha el programa completo con Laura Blanco:
Análisis con con Ignacio Álvarez Rello, especialista en reestructuraciones e Insolvencias; María Díaz, Socio Director de SURUS y Responsable de Insolvencia; y Alicia Tabanera, abogada del departamento de Insolvencia de Surus.
Las microempresas son aquellas que tienen menos de 10 trabajadores y, una cifra de negocio inferior a 700.000 € o pasivo inferior a 350.000 €.
El “preconcurso”, también llamado comunicación de apertura de negociaciones, es un instrumento de protección y duración limitada para aquellas empresas, en este caso, microempresas, que están en situación de probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o insolvencia actual.
Pero, ¿qué diferencia hay entre estos tres casos de insolvencia? La insolvencia actual, que es la situación más crítica, es cuando una empresa es incapaz de hacer frente a sus obligaciones corrientes; insolvencia inminente es cuando la empresa estima que no va a poder hacerlo en tres meses. Y probabilidad de insolvencia es cuando estima en los próximos años, salvo que alcance un plan de reestructuración, estará en situación de insolvencia actual.
El objetivo del preconcurso es obtener o acordar con sus acreedores un plan de continuación o una liquidación con transmisión de la empresa en funcionamiento. Esto permitiría conservar la vida de la empresa, mantener los trabajadores y los contratos con los clientes.
Nuestro invitado Ignacio Álvarez Rello, especialista en reestructuraciones e Insolvencias, explica que el “preconcurso” es un instrumento de protección por los efectos que tiene para la microempresa, es decir, las compañías quedan protegidas frente a ejecuciones, pero solo durante tres meses. Entonces, ¿es mejor acudir más pronto o más tarde para obtener esta protección? Para ello, hay que detectar en qué situación se encuentra la empresa.