El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid ha suspendido el procedimiento del concurso de acreedores presentado por Banco Madrid a la espera de que el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) decida si abre un proceso de resolución o reestructura la entidad. El magistrado da un plazo de 14 días al FROB para efectuar dicha comunicación al juzgado.

En el caso de que el organismo no proceda al 'rescate' de Banco Madrid, el juzgado continuará la tramitación de la solicitud del concurso de acreedores de acuerdo con la ley concursal vigente, según establece el auto del juzgado en el que ha recaído por turno de reparto la causa.

La resolución señala que siendo Banco Madrid una entidad de crédito "subsumible" en el ámbito de aplicación de la Ley de reestructuración y resolución de entidades de crédito "es procedente acordar la suspensión del curso de las actuaciones antes de dictar cualquier pronunciamiento" sobre la admisión o rechazo de la solicitud de concurso a la espera del pronunciamiento del FROB.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días.