De una norma compleja, extensa, muy técnica, que rige las relaciones entre el inmenso entramado que constituye la administración pública y sus proveedores y que lleva unos cuantos años haciéndose de esperar.

En dicha Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. En realidad  se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Destacar dos aspectos de la ley: El impulso del acceso de las PYMEs a este tipo de contratación pública y el apoyo que concede a la inclusión de trabajadores con discapacidad. Podremos encontrar en algunos casos reservas de hasta el 10% en favor de centros especiales de empleo de iniciativa social.

La ley también se encuadra en la estrategia europea 2020. El objetivo del crecimiento inteligente, sostenible e integrador, cuenta con el papel clave de la contratación pública. Es una de sus principales herramientas dentro del mercado interior. Lo mismo que el papel que desempeña en la lucha contra d la corrupción dotando de mayores dosis de transparencia al sistema.

La Unión Europea insiste en que es fundamental el uso racional desde el punto de vista económico de los fondos públicos.

Pero no quiero olvidar otro objetivo menos dogmático y más del día a día de los proveedores y de cualquier ciudadano como es conseguir una mejor relación calidad-precio en las provisiones de productos y servicios.

En conclusión, atención a la norma,  y en términos generales se puede decir que entrará en vigor en cuatro meses, en marzo de 2018.