La Comisión Europea ha abierto una investigación para examinar si las resoluciones fiscales concedidas por los Países Bajos a Nike pueden haber dado a la empresa una ventaja injusta sobre sus competidores, infringiendo las normas sobre ayudas estatales de la Unión Europea (UE).

La investigación formal de la Comisión se refiere al tratamiento fiscal en los Países Bajos de dos empresas del grupo Nike con sede en los Países Bajos, Nike European Operations Netherlands y Converse Netherlands. Estas dos empresas desarrollan, comercializan y registran las ventas de productos Nike y Converse en Europa, Oriente Medio y África.

Nike European Operations Netherlands y Converse Netherlands obtuvieron licencias para utilizar los derechos de propiedad intelectual relativos, respectivamente, a los productos Nike y Converse en estas regiones. Las dos empresas obtuvieron las licencias, a cambio de un pago deducible de impuestos, de dos entidades del grupo Nike, que actualmente son entidades holandesas que son "transparentes" a efectos fiscales (es decir, no imponibles en los Países Bajos).

"La Comisión investigará detenidamente el tratamiento fiscal de Nike en los Países Bajos para determinar si se ajusta a las normas sobre ayudas estatales de la UE. Al mismo tiempo, acojo con satisfacción las medidas adoptadas por los Países Bajos para reformar sus normas sobre el impuesto de sociedades y para ayudar a garantizar que las empresas operen en igualdad de condiciones en la UE", asegura Margrethe Vestager, Comisaria responsable de la política de competencia.

Entre 2006 y 2015, las autoridades fiscales holandesas emitieron cinco sentencias fiscales, dos de las cuales aún están en vigor, en las que refrendaban un método para calcular el canon que debían pagar Nike European Operations Netherlands y Converse Netherlands por el uso de la propiedad intelectual.

Como resultado de las sentencias, sólo tributan en los Países Bajos por un margen de explotación limitado basado en las ventas. En esta fase, la Comisión teme que los pagos de cánones aprobados por las sentencias puedan no reflejar la realidad económica. Parecen ser superiores a lo que las empresas independientes que negocian en condiciones de mercado habrían acordado entre sí de conformidad con el principio de plena competencia.