La orden ministerial sobre información y clasificación de productos financieros para proteger al pequeño inversor y destinado a garantizar que los particulares conocen los riesgos asumidos entrará en vigor este viernes, 5 de febrero, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado hace tres meses.

La orden fija una clasificación de productos mediante una escala de seis colores, conocidos como semáforos, o de números del 1 al 6. Las entidades serán las que realicen la clasificación, cuya información deberá entregarse al cliente antes de la comercialización.

El sistema de semáforos o números alertará sobre el riesgo de depósitos, bonos, acciones, seguros y planes de pensiones, mientras que no estarán incluidos los fondos de inversión ni la deuda pública nacional, de las comunidades autónomas y de los socios de la UE. "Con un vistazo se tendrá información clara y fácilmente comprensible de los productos", defendían desde el Ministerio de Economía.

Las obligaciones de información contenidas en la orden afectan a empresas de servicios de inversión, entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, aseguradoras y gestoras de fondos de pensiones. El régimen sancionador que se aplicará será de acuerdo a la normativa de transparencia del sector implicado, esto es de las entidades de crédito, empresas de servicios de inversión y aseguradores.